Resumen de la Nueva Reforma Laboral

Septiembre 11th, 2010

La nueva ley que regula el mercado laboral en España se aprobó definitivamente el pasado día 9 de Septiembre de 2010. Los principales cambios que introduce son los siguientes:

Causas objetivas de despido:
Cuando en una empresa existan pérdidas actuales o previstas, o disminución persistente de su nivel de ingresos, puede realizar despidos procedentes o justificados con una indemnización de 20 días por año trabajado para todo tipo de contratos.

Parados:
Los desempleados tendrán un margen de 30 días antes de seguir un curso de formación sin ser sancionados. Antes tenían 100 días para ello.

Flexibilidad interna:
Las empresas pueden modificar las condiciones laborales -jornada, turnos o cambios en la remuneración acordes con las nuevas horas de trabajo- en periodos de crisis para reducir el nivel de producción. En caso de falta de acuerdo entre empresa y trabajadores, un árbitro dictará la modificación de las condiciones de trabajo o acordará, en su caso, medidas alternativas.

Absentismo:
La ley fija el despido por esta causa en el 20% de las jornadas hábiles durante dos meses consecutivos, o el 25% a lo largo de cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de un año. Además el trabajador tiene que estar por encima de la media de la plantilla con un umbral del 2,5%, antes era del 5%, para ser despedido.

Salario mínimo:
Se garantiza que se cobre como mínimo el salario mínimo interprofesional de 633 euros.

Contratos de obra y servicio:
Tendrán una duración máxima de hasta tres años. Suben las cotizaciones sociales dos puntos. Transcurrido el plazo, los trabajadores adquirirán la condición de trabajadores fijos. Este contrato se podrá usar sin limitación temporal para trabajos vinculados a proyectos universitarios y de investigación.

Contrato de fomento de la contratación indefinida:
Se extiende a todos los trabajadores que lleven más de tres meses en paro o que hayan tenido un contrato temporal durante los dos años anteriores al desempleo. Solo podrán usar este contrato las empresas que no hayan reducido empleo en el año previo a la firma del mismo.

Contratos eventuales:
Durarán como máximo seis meses dentro de un periodo de 12 meses desde el inicio de la relación laboral. El convenio colectivo debe fijar las actividades para las que se puede realizar estos contratos y su volumen total sobre la plantilla.

Fondo para pagar las indemnizaciones:
Entrará en vigor a partir de 2012, para abonar parte del despido de los contratos de fomento firmados desde ese momento. El fondo se nutrirá con aportaciones empresariales y se podrá hacer efectivo en caso de despido, reduciendo una parte de lo que deben pagar las empresas, movilidad geográfica o para actividades de formación. La parte que no se emplee pasará a cobrarse en la jubilación.

Indemnización de 33 días:
Hasta la constitución del nuevo fondo que se pretende introducir, las extinciones de los contratos de fomento del empleo, con una indemnización de 33 días por año trabajado, se dividirá entre la empresa y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), de carácter público, ya sean justificados o no. La empresa abonará 22 días y el Fogasa, los 8 restantes.

Negociación colectiva:
La reforma laboral permite el “descuelgue”, o posibilidad de que las empresas no apliquen determinadas cláusulas pactadas en los convenios colectivos. La movilidad geográfica de los trabajadores deberá seguir siendo pactada entre trabajadores y empresarios.

Bonificaciones:
Las bonificaciones a las empresas aumentan hasta 1.400 euros durante tres años si contratan de forma indefinida, especialmente a mujeres, a mayores de 45 años o a colectivos con dificultades de empleabilidad.

Representatividad de los trabajadores:
Se reformará el Estatuto de los Trabajadores para que en aquellas empresas en que no haya representación legal de los trabajadores, éstos puedan atribuirla a una comisión de un máximo de tres trabajadores de la propia empresa y elegida democráticamente. También podrán asignarla a una comisión de tres componentes, de los sindicatos más representativos del sector y que estuvieran legitimados para formar parte de la comisión negociadora del convenio colectivo.

Incapacidad temporal:
Los inspectores de la Seguridad Social tendrán un mayor control, de manera que podrán emitir un alta médica y serán los únicos competentes, “a través de sus propios médicos” para emitir una nueva baja médica si la situación se produce en un plazo de 180 días y deriva de la misma o similar patología. El objeto de esta medida es “evitar una prolongación innecesaria de las bajas”.

Indemnización de los contratos temporales:
Se amplía de 8 días por año hasta los 12 días para los que se celebren a partir del 1 de enero de 2014.

Papel de las ETT:
Las Empresas de Trabajo Temporal podrán orientar, asesorar y colocar a los desempleados. Se liberalizan los servicios de empleo.

¿Crees que mejorará la situación laboral en España con esta Reforma?

Cómo buscar trabajo por Internet

Noviembre 11th, 2008

Las técnicas de búsqueda de empleo están en continua evolución.
En poco tiempo se ha pasado de laboriosos métodos tradicionales a los más potentes buscadores de empleo en Internet.

- Método tradicional de búsqueda
Hace años, las opciones de búsqueda de empleo se limitaban a hacer cola en las oficinas del INEM, leer los periódicos para buscar las últimas ofertas de empleo o enviar tu curriculum a las empresas en las que se deseaba trabajar. Todas estas vías requerían de mucho tiempo de dedicación y largos periodos de espera.

- Portales de empleo y buscadores especializados en Internet
Aunque se siguen usando los métodos de búsqueda tradicionales, Internet se ha convertido en una poderosa herramienta que nos facilita la búsqueda de empleo.
En los últimos años se han creado muchos portales de empleo y la búsqueda “online” es cada vez mas habitual.
Estos portales sirven de intermediarios entre las empresas que buscan trabajadores y los usuarios que buscan un empleo.
Además de estos portales y páginas web, existen buscadores especializados como www.ofertasdetrabajo.es, que permiten búsquedas simultáneas en los principales portales de empleo. De esta forma con un solo “click” se accede a múltiples ofertas de trabajo sin necesidad de navegar individualmente por cada una de los portales de empleo.
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Empleo en el Sector Tecnológico en 2008

Diciembre 15th, 2007

Las previsiones del sector de las Tecnologías de la Información (en adelante TI) para el próximo año se pueden considerar, Continuar leyendo »

Bienvenido a OfertasdeTrabajo.ES !!!

Diciembre 8th, 2007

Hola,

Hoy nace este nuevo buscador especializado en Ofertas de Trabajo, con el objetivo de facilitar la búsqueda de empleo por Internet. El usuario podrá buscar, en un solo “click”, entre miles de ofertas de trabajo de las principales páginas webs del sector.

En esta página, también podrás consultar los artículos que iremos publicando sobre diferentes temas que pueden servirte de ayuda:

  • estudios y análisis del mercado laboral
  • búsqueda de tu primer empleo
  • promocionar en la empresa
  • buscar nuevas oportunidades de empleo
  • plantear subidas de sueldo
  • modalidades de procesos de selección
  • cómo afrontar una entrevista de trabajo
  • y un largo etcétera de artículos en los que podrás participar activamente con tus opiniones

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